¿Qué es un Imiv Básico?
Un IMIV Básico (Informe de Mitigación de Impacto Vial Básico) es un tipo de estudio exigido por la normativa chilena (Decreto Supremo N°30 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones) para evaluar los efectos viales de proyectos que generan un flujo vehicular y/o peatonal bajo, es decir, que no tienen un impacto relevante en la red de transporte existente.
Su objetivo
El objetivo del Informe de Mitigación de Impacto Vial Básico es Identificar y evaluar preliminarmente el impacto vial de proyectos que generarán un flujo vehicular y peatonal reducido, verificando que dicho impacto sea mínimo sobre la vialidad existente. Determinar si es necesario implementar medidas simples de mitigación, como mejoras en accesos, señalización o ajustes menores en el diseño vial y asegurar que el proyecto pueda integrarse adecuadamente a la red vial sin afectar negativamente la seguridad ni la capacidad de las vías cercanas.
Niveles de Flujo
| Tipo de IMIV | Flujo vehicular [veh/h] | Flujo viajes [viajes/h] |
| Básico | De 20 a 80 | De 40 a 160 |
Características claves del Imiv Básico
Proyectos de Bajo Impacto
Aplica a proyectos que generen un flujo estimado de menos de 100 viajes nuevos en la hora punta mayor (según Decreto Supremo N°30 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones).
Contenido Simplificado
Evaluación Preliminar
Se centra en determinar si el proyecto afectará o no la vialidad existente de forma menor o despreciable.
Medidas de Mitigación Simples
No requiere modelaciones complejas
A diferencia de los IMIV Intermedio o Mayor, no demanda simulaciones de tráfico ni estudios detallados de capacidad vial.
Organismo Revisor
La revisión y aprobación de un IMIV Básico recae en la Dirección de Tránsito de la Municipalidad donde se ubica el proyecto, con la participación y opinión de los organismo públicos de la ventanilla única.

Tramitación Electrónica:
El IMIV se tramita electrónicamente a través del Sistema de Evaluación de Impactos de la Movilidad (SEIM) https://seim.mtt.gob.cl/signin

Regulación Legal
Decreto Nº 30, Reglamento de Mitigación de Impactos al Sistema de Movilidad por Proyectos de Crecimiento Urbano.
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1131679
Ingreso en SEIM
El titular del proyecto ingresa el proyecto a mitigar en el SEIM.
Revisión IMIV
La Dirección de Tránsito revisa el proyecto en un plazo de 30 días corridos.
Resolución
La Dirección de Tránsito emite una resolución de aprobación, rechazo u observación.
Corrección
En caso de observaciones, el titular debe corregirlas y reingresar el proyecto.
Resolución final
La Dirección de Tránsito emite una resolución definitiva de aprobación o rechazo.
Plazos y Prórrogas:
-
Primera Revisión: 30 días corridos desde el ingreso en la plataforma Seim.
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Reingreso consultor: 15 días corridos, pudiendo solicitar prorroga.
-
Segunda revisión y resolución definitiva: 15 días corridos.
Existe la posibilidad de solicitar prórrogas, tanto por el órgano evaluador, órganos consultados o el interesado.
Consideraciones adicionales:
- Para IMIV intermedios o mayores, se requiere un consultor registrado en el Registro de Consultores de Informes de Mitigación de Impacto Vial.
- El IMIV aprobado se adjunta al expediente para obtener el Permiso de Edificación.
- El IMIV aprobado permite tramitar ingenierías de detalle para la ejecución de medidas de mitigación.
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Es una plataforma digital desarrollada por ITRAFFIC para entregar información sobre la ley de Aportes al Espacio Público y categorizar proyectos que requieran permiso de edificación, con la finalidad de que se determine si el proyecto se encuentra afecto o no al ingreso de un informe de mitigación de impacto vial.
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